‘NO NOS COMPLECE ESA DETERMINACION’…

Organizaciones civiles cuestionaron ayer el fallo judicial que permite al sacerdote Aristeo Baca enfrentar su proceso en arraigo domiciliario, y advirtieron que obedece a los “vínculos económicos y políticos” del acusado.

Respecto al fallo del juez Félix Aurelio Guerra Salazar, el fiscal general César Augusto Peniche dijo que revisarán el caso pues “no nos complace esa determinación”.

La decisión del juez permite que Baca, de 74 años, enfrente en su domicilio el juicio penal por supuesta violación y abuso sexual agravado.

Peniche aseguró que se está revisando la resolución del juzgador “para ver cuáles son las consecuencias jurídicas y eventualmente (ver) si se interpone algún recurso”.

“Baca tiene hipertensión, esta condición no pone en riesgo su vida y puede enfrentar el proceso en prisión preventiva. Este hecho pone en evidencia que existe un proceso penal desfavorable para la víctima ya que el imputado tiene vínculos con poderes económicos y políticos para modificar una resolución ya dada”, argumentan en un comunicado las organizaciones del movimiento de mujeres de Ciudad Juárez.

“Aunado a esto, el despacho jurídico que defiende actualmente a Baca Olmos ha representado con anterioridad casos de pedofilia vinculados a las iglesias cristianas y católicas” agregan.

El extrañamiento fue firmado por la Casa Amiga Esther Chávez Cano, Programa Compañeros, Red Mesa de Mujeres, Sin Violencia A.C., Organización Popular Independiente, la Red de Trabajadoras Sociales de Ciudad Juárez y parte de la Red por la Infancia de Ciudad Juárez.

El pasado domingo, el juez de Control determinó cambiar la prisión cautelar impuesta a Aristeo Trinidad Baca Olmos por un arraigo domiciliario al considerar su condición de adulto mayor y su estado de salud.

Los organismos señalaron que la revisión se realizó discrecionalmente sin notificar a la defensa de manera directa y presidida por el juez de Control Félix Aurelio Guerra, quien desconocía los antecedentes del caso, “por lo tanto consideramos que esta resolución se tomó de manera parcial, sin perspectiva de género, sin enfoque de derechos humanos y sin tomar en cuenta el interés superior de la niña”, dice el comunicado.

“Nos preocupa que con este hecho se reitere la inequidad en el acceso a la justicia para las víctimas y que el mensaje que se envía a la comunidad es nuevamente de impunidad. Creemos que situaciones como ésta provocan que las víctimas desistan de presentar su denuncia” consideró Lydia Cordero Cabrera, directora general de la organización Casa Amigo Esther Chávez Cano.

Adelantó que la estrategia del equipo legal que apoya a la supuesta víctima buscará revertir la decisión judicial en los próximos días. “Seguiremos con el acompañamiento del proceso buscando que las organizaciones e instituciones gubernamentales lo sigan de cerca y continuaremos evidenciando situaciones que expongan situaciones de privilegio”, agregó la activista.

El padre Aristeo Baca saldría de la prisión estatal 3 durante la noche del mismo domingo ya que al final de la audiencia el juez ordenó se giraran los oficios correspondientes a la Fiscalía de Penas y Medidas Judiciales para el cumplimiento de la nueva medida cautelar.

El fiscal general comentó que se estaba examinando la resolución del juzgador y no descartó que el ministerio público solicite una revisión a la determinación, ya que una jueza previamente le había negado ese beneficio al párroco de la Iglesia Santa María de la Montaña.

“Ahora el juez tomó otro tipo de consideraciones y es por la misma razón que nosotros estamos revisando, para ver conforme a derecho qué es lo que procede”, apuntó Peniche.

Indicó que el juez se valió en el hecho de la avanzada edad de Baca y su defensa presentó constancias médicas en donde trata de demostrar que está sujeto a un tratamiento médico y que en esas condiciones necesita otra medida cautelar.

El arraigo domiciliario está contemplado en el Artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) en la fracción XIII, donde se establece “el resguardo en su propio domicilio con las modalidades que el juez disponga”.

Datos extraoficiales indican que el excarcelamiento del sacerdote estuvo a cargo de agentes de la Policía Procesal, porque así se determinó en los oficios firmados por el juez Guerra Salazar.

Sin embargo, se desconoce si los elementos de esa corporación están a cargo de la vigilancia en el exterior de inmueble donde permanece Baca, pues no se especificó en los documentos signados por el resolutor.

Personal del Instituto de Servicios Previos al Juicio (ISPJ) se encarga de estar al pendiente de que el acusado cumpla con el arraigo, pero no de la vigilancia, a través de visitas periódicas, de acuerdo con la ley.

Informes no confirmados señalan que el arraigo de Baca es en una casa habitación proporcionada por fieles de la comunidad católica que presidía el ahora procesado.

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