HOMBRES VIUDOS TENDRÁN DERECHO A PENSIÓN DE SUS CÓNYUGES

Chihuahua- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en sesión del Pleno, determinó que los varones en condición de viudez en el Estado de Chihuahua, tienen derecho a la pensión de sus cónyuges y a los servicios médicos correspondientes.

Lo anterior, tras declarar discriminatorios los artículos 45, 47 y 69, fracción I, de la Ley del Instituto Municipal de Pensiones del Estado de Chihuahua, que impedían a los varones, en dicha condición gozar de dichos beneficios salvo que estuviesen totalmente incapacitados.

A través de comunicado de prensa, la SCJN informó a su vez que validó el artículo 78 de dicha ley, donde se obliga a los derechohabientes al pago de las aportaciones al fondo para la prestación de los servicios médicos, cuando éstas no les sean descontadas. 

“Ello en virtud de no poner en riesgo el derecho a la seguridad y la previsión social, pues no  existe la posibilidad de que estos servicios sean suspendidos y, en todo caso, el Instituto de Pensiones puede efectuar los descuentos correspondientes a las instituciones públicas”, precisó. 

Lo anterior, indicó la SCJN, al resolver la acción de inconstitucionalidad 4/2016, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de los artículos 45, 47, 69.

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